Una Cruz.- Dos Sellos.- Un quartillo.- Sello quarto.- Un quartillo.- años de mil ochocientos veinte y veinte y uno.
Sala Capitular de Comitán, veinte y ocho de Agosto de mil ochocientos veinte y uno.
Los loables sentimientos que animaron á los mexicanos á reclamar su Derecho a la madre España, entrando en pacífica poscesión de la Independencia, con firmes protextas de conservar la Religión Católica, respetar á sus ministros, protexer los bienes de sus avitantes vaxo de unas leyes justas, y moderado Govierno, son los mismos que generalmente nos animan, y compelen á recordar y reconocer que tenemos igual indisputable Derecho.
Mobido pues, este Noble Ayuntamiento, no de la consideración de la debilidad de sus fuerzas ni del temor de las victoriosas armas de Independencia que tenemos en nuestra frontera, sino del pleno conocimiento del Derecho que la naturaleza nos ha dado para nuestra conservación y libertad, mobido por ultimo de las instancias de los Sindicos Procuradores de esta Ciudad, por pedirlo con vivas ancias el Público; y hechose cargo de lo expuesto por el vezindario, habiendo oido al M.R.P. Cura, al Comandante accidental del Escuadron, y empleados públicos, adopta el sistema del Govierno Imperial y desde luego declara Libre é Independiente á la Ciudad de Comitán, y comprencion, vaxo las mismas protextas de conservar inalterable nuestra santa Religión respetar á sus ministros que son los mediadores entre Dios y los hombres, sugetarse a las Leyes de la Nación, y obedecer á sus Magistrados, evitando la desunión y ribalidad, mantener perfecta unión y fraternidad entre sus moradores, sin distinción de clase ni de origen en su consequencia, manda que el primero del próximo Septiembre se proclame con la solemnidad necesaria y á efecto de que llegue a noticia de todos para su satisfacción, se publique por vando, y se dé cuenta al Señor Jefe Político de la Provincia, y a los Nobles Ayuntamientos de ella. Y por convenir para su firme establecimiento con los auxilios que necesite en cualquier caso, pongase en noticia del Excelentisimo Señor Primer Jefe del Exercito de las Tres Garantías por medio del Señor Comandante de Oaxaca Don Antonio Leon.
Pedro Célis, Ygnasio Ruiz, Domingo Antonio Solorzano, Juan Garcia, Ricardo Armendaríz, Manuel Ulloa, Manuel Gordillo, José Castañeda, Mariano Solorzano, Miguel José Ortiz y Bitoriano Cansino.
(Rúbricas)
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